¿Qué es el despido disciplinario?
Es el acto por el cual el empleador, unilateralmente, decide extinguir el contrato de trabajo, poniendo fin a la relación laboral, mediante despido basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador.
¿Qué se entiende por incumplimiento grave y culpable?
No cualquier conducta del trabajador puede ser calificada como grave y culpable. La conducta grave, será aquella que alcance cierta importancia, para ello habrá que tener en cuenta la magnitud del riesgo o daño ocasionado, la reiteración, la duración, la habitualidad y la repercusión del incumplimiento.
La culpabilidad hace referencia a la intención, por lo tanto, para poder despedir a un trabajador disciplinariamente será necesario que este haya actuado de manera dolosa o negligente. El dolo implica una intención clara e inequívoca de incumplir con los deberes laborales, la actuación negligente supone una falta de atención y cuidado exigible en el proceder del trabajador.
El Estatuto de los trabajadores recoge un listado de los incumplimientos contractuales que tendrán esta consideración, sin perjuicio de que los convenios colectivos de los diferentes sectores puedan establecer su propio régimen de sanciones:
¿Cuáles son os requisitos para que se produzca un despido disciplinario?
El procedimiento que debe de seguir la empresa para despedir al trabajador se debe llevar a cabo cumpliendo ciertas exigencias formales, entregando una carta al trabajador, donde conste:
Si el empresario incumple con lo establecido, tendrá una segunda oportunidad para cumplir con estas exigencias, en un plazo de 20 días a contar desde el día siguiente del primer despido, si no lo hiciere, el despido será calificado como improcedente.
¿Qué opciones tiene el trabajador cuando es despedido disciplinariamente?
Ante un despido disciplinario el trabajador puede optar por conformarse o impugnarlo si considera que no se dan ninguna de las causas legales que alega el empresario o no están debidamente justificadas.
En caso de conformase tendrá derecho al finiquito y a una indemnización, con carácter general, equivalente a 20 días de salario por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades.
Por el contrario, si el trabajador decide impugnar el despido, tendrá un plazo de 20 días para hacerlo. En ese caso el empresario tendrá dos opciones:
Como regla general, si el despido es improcedente el trabajador tendrá derecho al abono de una indemnización equivalente a 33 días de salario por año trabajado.
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